Inconstitucionalidad de la Ley de Integridad Pública. ¿Qué acción tomar si fui desvinculado del sector público?

Marco Proaño Durán

10/28/2025

Como es de conocimiento público, la Ley Orgánica de Integridad Pública, publicada en el R.O. 68-3S de 26 de junio de 2025, reformó la LOSEP y sirvió de base legal para desvinculaciones a varios servidores públicos.

La Corte Constitucional en la sentencia 52-25-IN/25, declaró que la Ley Orgánica de Integridad Pública, su reglamento y normas conexas son inconstitucionales, por vulnerar la unidad de materia, publicidad y deliberación democrática, es decir, la Corte declaró inconstitucional la Ley Orgánica de Integridad Pública por la forma no por el fondo.

El efecto de la declaratoria de inconstitucionalidad es la expulsión de la ley del ordenamiento jurídico, lo que implica que deja de tener vigencia y aplicación las reformas que se introdujeron a la LOSEP. Debe tomarse en cuenta que, en relación a la reforma a la LOSEP, la inconstitucionalidad surte efectos hacia el futuro desde la publicación de la sentencia en el Registro Oficial (viernes 3 de octubre de 20205).

En este contexto, ¿qué acción debería tomar una persona que fui desvinculada del sector público con la declaratoria de inconstitucionalidad explicada? Como advertimos, la inconstitucionalidad en estos temas, surte efectos hacia el futuro, pero eso no significa que el ex servidor público está en indefensión frente a la actuación administrativa de las entidades pública, por lo que los afectados con esas decisiones de la administración pública pueden presentar acciones jurisdiccionales ante el Tribunal Contencioso Administrativo. Esta acción, denominada acción subjetiva o de plena jurisdicción, se puede presentar dentro de los 90 días hábiles contados a partir de la notificación del acto administrativo.

Si usted es un ex servidor público que fue desvinculado de alguna entidad pública sujeta a la LOSEP (Ley Orgánica de Servicio Público), puede presentar una demanda para que el Tribunal Contencioso Administrativo declare en sentencia la nulidad del acto administrativo y de esta forma proteger los derechos por su desvinculación del sector público. En el caso de las y los ex servidores públicos de empresas públicas, la demanda se la tiene que presentar ante un juez del Trabajo, quien conocerá si existió vulneración de sus derechos.